LOS DERECHOS HUMANOS FRENTE A LAS TIC

Las Tic han dado lugar a un nuevo espacio publico global donde emergen nuevas formas que cobran derechos de primera, segunda y tercera generación y su contribución sustantiva a los modelos y procesos de desarrollo centrados en las personas frente aquellos centrados en la economía y la tecnología.
La concreción de los derechos a la información, la comunicación y el ciber espacio que en la sociedad de la información, no solo se convierte en derechos humanos fundamentales en si mismos, sino también en una condición para el ejercicio y la defensa de los demás derechos.
El problema es la vulnerabilidad de los sistemas de computo que ha aumentado en los últimos años, por lo que el problema de seguridad se ha vuelto critico. Las primeras computadoras eran accesibles para unos cuantos especialistas, sin embargo, al aumentar el numero de los sistemas de computo, la interacción directa con estos sistemas y sus datos se volvió algo rutinario hasta para los usuarios casuales.
DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos son los derechos que tienen todas las personas para vivir una vida de libertad y dignidad. Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
RELACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS TIC
La relación entre derechos humanos y TIC incluye temas como libertad de expresión, acceso a la información, privacidad, discriminación, igualdad de genero, propiedad intelectual, participación política y libertad de reunión y asociación, como también formación y capacitación para activistas de derechos humanos sobre el mejor uso de las TIC en su trabajo.
CONFIDENCIALIDAD

Una persona que proporciona información acerca de ella a cualquier departamento o empresa tiene el derecho de exigir el no divulgar la información que le fue proporcionada.
DATOS INEXACTOS E INCOMPLETOS
En un sistema computarizado es probable que haya menos personas que puedan detectar errores y la velocidad con la que proporciona la información inexacta a los usuarios del sistema pueden ser mucho mayor que la velocidad con la que pueda detectar y corregir errores.
LIBERTAD

La libertad es el ámbito de la información, podría definirse como la posibilidad que tienen los usuarios para ingresar a los sistemas de información, ya sea para conocer el saldo de su cuenta bancaria o para obtener información científica de algunos centros de investigación sin alterar dicha información para que esta no se pueda definir como un delito.
PRIVACIDAD

La privacidad ha sido definida como la demanda de personas, grupos o instituciones para determinar para ellos mismo cuando, como y que información personal es de comunicar a otros.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Si las TIC promueven la libertad de expresión y el derecho a la información, inciden en el régimen democrático, y el Estado esta obligado a eliminar barreras por un tema de igualdad de sus gobernados, ello implica que el estado deberá proveer el acceso a Internet o bien, crear las condiciones para que este sea realidad para todos sus gobernados (incentivos al despliegue de red, alianzas sector privado-publico para la alfabetización digital, estímulos a creadores de contenidos pertinentes).
IGUALDAD DE GENERO

Es el acceso de las mujeres y los hombres al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos. La igualdad de genero tiene su base en la equidad , la cual propone tomar en cuenta las diferencias entre las personas para conseguir la igualdad de oportunidades para las mujeres y hombres en todos los ámbitos.
DISCRIMINACIÓN

Es cualquier acto que pretenda excluir a una persona o grupo por sus características físicas , su religión, etnia, condición social, económica, orientación sexual o preferencias políticas.
PROPIEDAD INTELECTUAL

Es toda creación del intelecto humano. Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones. La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente, las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas interpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y televisión.
COPYRIGHT

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, este publicada o inedita. Los derechos de autor inicial en 1710 con el Estatuto de la Reina Ana, anteriormente no existían los derechos de autor, solamente existía el dominio publico.
Esta reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En el derecho Anglosajón se utiliza la noción de Copyright (traducido literalmente como "Derecho de Copia") que, por lo general, comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (Derechos Patrimoniales).
DERECHO AL CIBERESPACIO

Se considera que la limitación de los derechos en el ciberespacio
está vinculada a las dificultades de acceso a las condiciones necesarias (técnicas,
económicas y culturales) que permitirían avanzadas formas de participación, así,
… los mecanismos de dominación y de limitación de los derechos humanos en
este nuevo espacio de información o ciberespacio tienen más que ver con la
limitación del acceso a las condiciones necesarias (ya sean técnicas, económicas
o culturales) que permitirían el desarrollo de formas más avanzadas de participación
pública y de intercambio y libre expresión de ideas y creencias.
Así, Internet es un espacio público global, que debe ser abierto, asequible y
accesible para todas las personas. Aunque cada vez son más quienes acceden a
este espacio, muchas siguen excluidas y, al igual que el proceso de globalización
con el cual está estrechamente ligado, la expansión del acceso a Internet
sucede en forma desequilibrada y suele aumentar las desigualdades sociales y económicas.
Sin embargo, tanto Internet como otras tecnologías de la información
y la comunicación (TIC) pueden ser una poderosa herramienta de
movilización social y desarrollo, resistencia a la injusticia, y expresión de diferencias
y creatividad.
Pero Internet sólo podrá convertirse en una herramienta de empoderamiento para todas las personas y los pueblos del mundo si se reconocen, protegen
y respetan los siguientes derechos:
1. Acceso a Internet para todos y todas,
2. Libertad de expresión y asociación,
3. Acceso al conocimiento,
4. Intercambio de aprendizaje y creación - software libre y desarrollo tecnológico,
5. Privacidad, vigilancia y encriptación,
6. Gobernanza de Internet,
7. Conciencia, protección y realización de los derechos.
Solo si se reconocen, protegen y respetan estos derechos, Internet podrá
convertirse en una herramienta de defensa y ejercicio de los derechos humanos
y de empoderamiento.
ESQUEMA DE LA CARTA DE APC SOBRE DERECHOS EN INTERNET
LEY 1273 DEL 2009
“Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sis-temas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.
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